Transparencia algorítmica y control democrático del poder tecnológico en la empresa

    02/02/2026.

    La implantación de sistemas de inteligencia artificial (IA) en la organización del trabajo ha desplazado los centros tradicionales de decisión. Las plataformas digitales, los algoritmos de gestión de personal o los modelos de evaluación automatizada configuran hoy la distribución del trabajo, la asignación de turnos o la valoración del rendimiento. El resultado es un nuevo tipo de poder empresarial: opaco, técnico y mediado por datos. Frente a esta transformación, el Derecho del Trabajo comienza a definir las bases de un control institucional de la transparencia tecnológica.

    La jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (C-203/22, de 27 de febrero de 2025) y del Tribunal Supremo español (STS 1119/2025, de 11 de septiembre) ha establecido un estándar convergente sobre la obligación de explicabilidad de los algoritmos y sobre los límites del secreto comercial como restricción al derecho de información. Ambos pronunciamientos sitúan la transparencia algorítmica en el plano de los derechos fundamentales, desplazando el equilibrio tradicional entre confidencialidad empresarial y control sindical.

    Continúa leyendo el artículo completo de Francisco Gualda, director del Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO.

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