Informe vivienda

España arrastra cuatro décadas fallidas de política de vivienda desde el punto de vista de garantizar el derecho a la vivienda, pero muy exitosas para el negocio inmobiliario, financiero y constructor a costa de la necesidad de vivienda de la población.

ÚLTIMOS INFORMES

La desigualdad salarial de género es un problema que afecta potencialmente a la mitad de la población en el ámbito de su inserción laboral. Y esto justifica plenamenteque sea una prioridad de análisis y actuación desde el punto de vista sindical. 

Pese a contar con la generación más formada y reducir el paro al 16%, la emancipación juvenil se ha desplomado al 31% por el inasumible precio del alquiler. Tener estudios superiores y un empleo estable ya no garantizan el acceso a una vivienda ni a un proyecto de vida autónomo.

España arrastra desde hace décadas un grave problema de carestía de acceso a la vivienda en propiedad, que en los últimos años se ha trasladado también a la vivienda en alquiler. En la vivienda de alquiler de mercado de las principales zonas urbanas del país se están reproduciendo de forma acelerada los problemas de inaccesibilidad e imposibilidad de emancipación de la vivienda en propiedad.


NOTAS DE COYUNTURA

ARGUMENTOS

LUIS ZARAPUZ y NATALIA ARIAS. Recientemente han sido noticia unos datos alarmistas sobre absentismo laboral esgrimidos por Feijoo, el líder del Partido Popular, para culpabilizar a las personas de baja por enfermedad, acusarlas de ser unos “jetas” y anunciar abiertamente mano dura, recortes del derecho a la salud de los trabajadores, recorte de salarios y de la autonomía de la negociación colectiva como “soluciones” para corregir este abuso. Basta examinar los datos para comprobar que ese relato no se sostiene. Artículo publicado en el diario 20 Minutos.

NATALIA ARIAS, ÁLVARO GAERTNER ARANDA Y LUIS ZARAPUZ. En 2025, las empresas mantienen márgenes históricamente altos gracias a una evolución positiva de la actividad. Esta mejora es generalizada, alcanzando al 60% del empleo y a la mayoría de los sectores económicos.

FRANCISCO GUALDA. La Corte Internacional de Justicia acaba de resolver el proceso internacional sobre la capacidad de la OIT para proteger el derecho de huelga. En fecha 21 de mayo pasado, como órgano jurisdiccional internacional supremo en interpretación de los tratados y convenios, ha declarado que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación. Artículo publicado en el Diario Público.